Requisitos administrativos

Documentación y certificados necesarios para trabajar en un crucero:

o   Pasaporte válido superior a la duración del contrato

o   Visa Schengen en el caso de no tener nacionalidad europea

o   Certificados medico completos incluyendo test de drogas

o   Certificados  marítimos  acorde con el convenio STCW95 emitido por la administración marítima de un país reconocido por la Organización Marítima Internacional (OMI)

 Cursos Básicos de Seguridad Marítima (Convenio STCW/95 ) incluyendo:

1.       Supervivencia Personal y Supervivencia en el Mar (Personal Survival Techniques)

2.       Prevención y Lucha contra Incendios (Fire Prevention and Fire Fighting)

3.       Primeros Auxilios Básicos  (Elementary First Aid)

4.       Seguridad Personal y Responsabilidad Social (Personal Safety and Social responsabilities)

                 Y Control de Multitudes Servicios a pasajeros en área pasajeros (Crowd Management Passenger Safety and Safety Training and Services to Passengers in Passengers Spaces)

La aprobación de los cursos STCW-95 es un requisito indispensable para el tripulante, ya que le permite continuar trabajando a bordo, o en el inicio del trámite para la obtención de la Libreta o Cédula de Embarque, documento irremplazable e imprescindible para embarcar.

 Los certificados son de validez internacional, para ser asentados en cualquier libreta de embarco y firmados por la autoridad de aplicación. Tiene una vigencia de cinco años a contar de la fecha de emisión.

Para obtener estos certificados debes dirigirte a la capitanía marina o instituto social de la marina de tu ciudad. También podrás encontrar información en

www.fomento.es  (marina mercante)

wwww.seg-social.es

También puedes informarte en cualquiera escuela náutica privada de tu ciudad.

Los centros deben ser reconocidos por  OMI (Organización Marítima Internacional)  /  IMO (International Maritim Organization)